Desgranando la norma 'UNE-ISO 26000' de 2010
La primera reflexión que me viene a la cabeza está relacionada con la fecha de esta guía, ¡tiene más de 10 años! y parece que es ahora cuando empieza a despertar algún interés...
En el apartado 3.2 de la guía “Tendencias actuales en responsabilidad social” se afirma que “la toma de conciencia acerca de la responsabilidad social está creciendo” y en los “antecedentes históricos” sitúa, a comienzos de la década de los 70, el uso generalizado del término “responsabilidad social corporativa (RSC)” dado que este concepto estaba centrado principalmente en las empresas. El modelo de excelencia EFQM incluía la responsabilidad social en su batería de principios de excelencia y la consideración de la búsqueda de la satisfacción de la sociedad junto con la satisfacción de los clientes y las personas como el camino ineludible para la obtención de resultados empresariales.
La difusión mundial de algunas prácticas poco éticas realizadas por multinacionales en países en vías de desarrollo evidenció el impacto que la pérdida de reputación podía causar en sus cuentas de explotación.
Un poco después vivimos otro episodio en el que la difusión mundial de algunas prácticas poco éticas realizadas por multinacionales en países en vías de desarrollo evidenció el impacto que la pérdida de reputación podía causar en sus cuentas de explotación. Muchas grandes compañías comenzaron a publicar de forma sistemática sus prácticas y resultados en materia de desarrollo económico, comportamiento ambiental y comportamiento ético para evitar sospechas que pudieran dañar su reputación dando lugar a las memorias de RSC y a la aparición de estándares como el GRI que establecen requisitos para que sean comparables.
Y en los últimos años estamos asistiendo a una concienciación universal sobre la necesidad que tenemos de modificar muchos aspectos de nuestro modo de vida si queremos alcanzar un desarrollo sostenible “Desarrollo que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”.
Creo que es importante leer la nota que la guía ofrece tras la definición de desarrollo sostenible: “El desarrollo sostenible se refiere a la integración de las metas de una calidad de vida elevada, la salud y la prosperidad con justicia social y al mantenimiento de la capacidad de la tierra para conservar la vida en toda su diversidad. Estas metas sociales, económicas y ambientales son interdependientes y se refuerzan mutuamente. El desarrollo sostenible puede considerarse como una vía para expresar las más amplias expectativas de la sociedad en su conjunto”.
Dos conceptos claves “responsabilidad social” y “desarrollo sostenible”. Su relación: “El objetivo de la responsabilidad social es contribuir al desarrollo sostenible”.
Expresado de esta manera ¿Quién no quiere un desarrollo sostenible?... Volveremos a esta pregunta un poco más tarde.
Siguiendo con el desarrollo temporal del interés creciente de la “responsabilidad social” y fijándonos a nivel nacional, nos encontramos con la Ley 28/2018 que obliga a todas las empresas o grupos empresariales que superen los 500 empleados a publicar un informe (auditado) con información no financiera de su desempeño. De forma resumida diremos que la organización debe proporcionar información sobre las prácticas y los impactos en materia de gobernanza, cuestiones medioambientales, cuestiones sociales y personal, respeto de los Derechos Humanos, lucha contra la corrupción y el soborno, desarrollo sostenible, subcontratación y proveedores, seguridad y salud de los consumidores... “asuntos materiales” contemplados todos ellos en la guía.
Es previsible que la ley se extienda a organizaciones más pequeñas,... pero además, las grandes empresas van a desplegar muchos de estos asuntos materiales a través de su cadena de proveedores en forma de requisitos que pueden, en caso de no cumplirse, afectar a su competitividad.
Como ya ha sucedido en otras ocasiones, por ejemplo con la implantación de prácticas de aseguramiento y gestión de la calidad, la gestión ambiental, la gestión de la seguridad y la salud laboral, el motor impositivo no cabe duda que tiene su efecto. En algunos casos un efecto negativo en el sentido en que las organizaciones adaptan su formas de hacer “sólo” para pasar el examen y en otros muchos un efecto positivo en el sentido en que se produce la mejora de la calidad, la mejora ambiental, la mejora de las condiciones de trabajo y la mejora de la contribución al desarrollo sostenible. El método impositivo no es el escenario perfecto, sería mejor interiorizar la bondad del objetivo final y caminar perseverantemente hacia el mismo, pero...
El método impositivo no es el escenario perfecto, sería mejor interiorizar la bondad del objetivo final y caminar perseverantemente hacia el mismo, pero...
Y aquí volvemos a la pregunta ¿Quién no quiere un desarrollo sostenible?¿Quién no quiere una calidad de vida elevada?¿Quién no quiere salud? ¿Quién no quiere prosperidad con justicia social?¿Quién no quiere mantener la capacidad de la tierra para conservar la vida en toda su diversidad? Probablemente la mayoría de las personas se sumarían a estos deseos.
Esta uniformidad se tambalea cuando nos empezamos a preguntar ¿Cómo contribuimos al desarrollo sostenible?, e intentamos responder desde diferentes planos: por ejemplo desde el plano personal, o desde el plano gubernamental o desde el plano organizativo. Vamos a centrarnos en el plano organizativo que es el foco de atención de la norma UNE-ISO 26000. La guía ofrece una profundización en los beneficios esperados de adoptar los principios y las prácticas de la responsabilidad social, describiendo estos principios y prácticas y proponiendo un camino para integrarlos paulatinamente en la gestión diaria.
Todavía no he definido el concepto de “responsabilidad social”. Transcribo la definición que ofrece la guía: “Responsabilidad de una organización (2.12) ante los impactos (2.9) que sus decisiones y actividades ocasionan en la sociedad y el medio ambiente (2.6), mediante un comportamiento ético (2.7) y transparente que:
-
− contribuya al desarrollo sostenible (2.23), incluyendo la salud y el bienestar de la sociedad;
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− tome en consideración las expectativas de sus partes interesadas (2.20);
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− cumpla con la legislación aplicable y sea coherente con la normativa internacional de
comportamiento (2.11); y
-
− esté integrada en toda la organización (2.12) y se lleve a la práctica en sus relaciones.
”Enumero los 7 principios generales de la responsabilidad social que una organización debería respetar: Rendición de cuentas; Transparencia; Comportamiento ético; Respeto a los intereses de las partes interesadas; Respeto al principio de legalidad; Respeto a la normativa internacional de comportamiento; Respeto a los derechos humanos. Y las 7 materias fundamentales que una organización debería abordar de manera holística: Y cada materia fundamental se despliega en un conjunto de asuntos (un total de 37) con un conjunto amplio de acciones y expectativas relacionadas con cada asunto. La guía recomienda abordar todas las materias y dentro de ellas priorizar los asuntos más relevantes.
Aquí ya se vislumbra una barrera vinculada con el “volumen” de asuntos a tener en cuenta que afectarán a todos los procesos, actividades, procesos y servicios de la organización y a las relaciones externas e internas para llevarlas a cabo. Además de la guía de la que estamos hablando, se han desarrollado más de 4.000 estándares en torno a la forma en que las organizaciones pueden contribuir a la consecución de los 17 objetivos de desarrollo sostenible (ODS) acordados en el marco de Naciones Unidas...
Otra barrera, según mi parecer, estriba en la magnitud y el plazo del objetivo final. Es la dificultad de comprometerse hoy (dedicando recursos) en la consecución de un objetivo sobre el que impacto de manera muy discreta y cuyos resultados probablemente transcenderán a mi organización e indudablemente transcenderán a mi existencia personal.
La organización aumentará su atractivo para incorporar personas con talento y los inversores y los gobiernos preferirán apoyar los proyectos respaldados por organizaciones socialmente responsables.
Una tercera barrera tiene que ver con la imperfección de la naturaleza humana para actuar de acuerdo con los valores de honestidad, equidad e integridad propugnados por la guía. Este conjunto de barreras dificulta que las organizaciones adquieran el compromiso oportuno e integren los objetivos de desarrollo sostenible en sus agendas estratégicas y por ende en su gestión diaria.
Por otro lado tenemos los motores: los gobiernos, las grandes empresas y cada vez más los consumidores empiezan a valorar el desempeño social de las organizaciones en sus decisiones de compra y la previsión es que esta tendencia siga creciendo en los próximos años. Las personas de la organización se encontrarán con entornos de trabajo que favorecerán su motivación y compromiso. La organización aumentará su atractivo para incorporar personas con talento y los inversores y los gobiernos preferirán apoyar los proyectos respaldados por organizaciones socialmente responsables.
Y afortunadamente, también tenemos la perspectiva histórica de organizaciones que integraron desde su nacimiento el compromiso con la sociedad y que han contribuido a la transformación de la calidad de vida de su entorno social. Uno de los ejemplos más destacables es el movimiento cooperativo MONDRAGÓN impulsado en los años 60 por D. José María Arizmendiarrieta.
Probablemente, los retos ahora son más globales y más complejos (al menos eso se deduce de la formulación de los 17 ODS), pero también tenemos más recursos, más conocimiento, más tecnología... y sobre todo merece la pena esforzarse por alcanzarlos.
Como conclusión, diría que merece la pena consultar esta norma y profundizar en el detalle en aquellos de los 37 asuntos sobre los que más impactemos desde el punto de vista de la organización. Las acciones y expectativas relacionadas con cada asunto nos darán pistas de cómo actuar de forma socialmente responsable.