¿Cómo nos afectará el BREXIT?

¿Cómo nos afectará el BREXIT?

LKS Abogados
Todos hemos oído hablar del Brexit y la salida de Reino Unido de la Unión Europea. Ahora bien, ¿qué repercusiones tiene en el ámbito fiscal-aduanero?
21/01/2019

La AEAT ha publicado en su web un espacio dedicado especialmente a ello en el que, entre otras cosas, aclara ciertas dudas. Vamos con algunas de ellas.

El hecho de que Reino Unido deje de formar parte de la Unión Europea supondrá que los flujos de mercancías entre España y ese país dejen de tratarse como operaciones intracomunitarias para pasar a estar sujetos a formalidades aduaneras como si el país interviniente en la operación fuera, por ejemplo, China. Es decir, centrándonos en el IVA, se dejarán de llevar a cabo entregas intracomunitarias de bienes (exentas), para realizar exportaciones (también exentas -por aplicación de otro artículo de la Ley del IVA-, aunque con mayores requisitos o trámites). Al mismo tiempo y hablando de compras, se dejarán de hacer adquisiciones intracomunitarias de bienes (en las que con carácter general el efecto del IVA es neutro), para llevar a cabo importaciones (aquí es donde mayor incidencia se notará al tener que asumir, al menos financieramente hablando, el efecto del IVA a la importación).

Precisamente hablando del IVA a la importación o de la deuda aduanera en las futuras relaciones con Reino Unido, muchos ya sabréis por experiencia con otros países terceros, que depende del origen de la mercancía, de la clasificación de la mercancía, así como de su valor en aduana.

Pero imaginemos una empresa no ha realizado hasta el momento importaciones y exportaciones, sino que todas sus relaciones han sido con otras empresas a nivel europeo. Debería estar dada de alta como operador intracomunitario en el ROI (censo VIES), pero probablemente no se haya identificado en la Aduana con un número EORI y lo necesitaría si quiere relacionarse con Reino Unido a raíz del Brexit.

Además, las mercancías introducidas o con destino a Reino Unido pueden estar sujetas a controles que requieran la autorización previa por parte del órgano competente (controles de calidad, sanitarios, fitosanitarios…), será otra cuestión a tener en cuenta.

En definitiva, el 2019 se presenta con cambios significativos sobre todo en lo que se refiere a Reino Unido. Desde LKS Abogados nos gusta mantenerte informado de todas las novedades fiscales que consideramos son de tu interés. No obstante, si quieres que tratemos de otros temas, escríbenos a nuestro canal de sugerencias . Estamos encantados de atenderte.